Psicothema was founded in Asturias (northern Spain) in 1989, and is published jointly by the Psychology Faculty of the University of Oviedo and the Psychological Association of the Principality of Asturias (Colegio Oficial de Psicología del Principado de Asturias).
We currently publish four issues per year, which accounts for some 100 articles annually. We admit work from both the basic and applied research fields, and from all areas of Psychology, all manuscripts being anonymously reviewed prior to publication.
Psicothema, 2000. Vol. Vol. 12 (nº 4). 623-628
Ramón Arce, Francisca Fariña* y Ana Isabel Fraga
Universidad de Santiago de Compostela y * Universidad de Vigo
El presente estudio compara la ejecución de hombres y mujeres en un caso judicial de violación. Los resultados muestran que las mujeres son más proclives a la culpabilidad. Asimismo, la dimensión fiabilidad, subyacente a la formación de juicios, confirma que hombres y mujeres confieren una fiabilidad significativamente distinta a las pruebas. Por su parte, la validez sólo aparece mediada por el género en un único ítem de evidencia, la importancia atribuida al rol desempeñado por la fiscalía. La actividad cognitiva generada por hombres y mujeres en la reconstrucción de los eventos informa que las mujeres realizan un «procesamiento más profundo de la información» y se guían por un «criterio de integración de la información». Finalmente, se discute el poder de generalización de los resultados y las implicaciones cara a la práctica de los abogados en la Sala de Justicia.
Gender and juror judgment making in a case of rape. This study assesses the role of gender and juror performance in a case of rape. The results reveal that women tend to reach significantly more guilty verdicts. Moreover, the dimension of reliability, the underlying mechanism of judgement making, exhibited significant differences between men and women in the reliability attributed to the evidence. Validity, however, was only mediated by gender in one item of evidence i.e., the importance attributed to the role of the prosecution. The evaluation of cognitive activity in the reconstruction of events showed that women «process the information in greater depth» and their judgements are based on a «criteria of information integration». Finally, the implications of these findings are discussed, particularly, in relation to legal practioners.
Desde sus inicios, la literatura psicológica y sociológica relacionada con la toma de decisiones por jurados ha tratado de establecer relaciones entre variables propias de los sujetos y la formación de juicios. Una de las variables más estudiadas fue el género en casos con implicaciones sexuales. La creencia general hacía suponer que las mujeres serían más severas que los varones. No obstante, los resultados son un tanto desconcertantes. Así, numerosas investigaciones han encontrado que las mujeres emiten más juicios de culpabilidad que los hombres, cuando se trata de casos de violación (p.e., McNamara, Vattano y Viney, 1993) y abusos sexuales a menores (Crowley et al., 1994), aunque también existen estudios en los que no se hallaron (p.e., Sealy y Cornish, 1973). A su vez, se ha observado que no existen diferencias entre hombres y mujeres en otro tipo de casos (p.e., Gray y Ashmore, 1976; Bray y Noble, 1978; Eisen y McArthur, 1979; Hastie y cols., 1986). Esta ausencia de consistencia ha posibilitado una serie de estudios en los que se trataba de delimitar las condiciones propiciatorias de sesgo. Una primera condición es la necesidad de una evidencia ambigua (Spanos, Dubreuil y Gwyn, 1992). Además, los diferentes estratos de los que se obtenga la muestra empírica también pueden mediar el resultado. En esta línea, Aubrey y Ewing (1989) observaron que en los estudiantes aparecían pocos estereotipos favorables a las mujeres maltratadas y no había diferencias en el juicio conformado mediadas por el género, mientras que en otra muestra formada a partir del censo de votantes se encontraron con un mayor número de estereotipos así como diferencias significativas en la decisión en función del género.
Gillgan (1982), tras establecer una línea de investigación alternativa centrada en los niveles de razonamiento moral, halló que si bien hombres y mujeres pueden recurrir a sistemas de razonamiento basados en la justicia o en la protección, las mujeres recurren más a este último.
Un panorama similar se da tanto en las decisiones de expertos como en los modos de actuación en los procedimientos judiciales. Así, Sobral y Prieto (1993) obtuvieron que jueces y juezas difieren en las decisiones en casos de violación; sin embargo, otros estudios no mostraron tales diferencias (Arce et al., 1999). La conclusión más consistente sostiene que el género puede ser una fuente de sesgos, particularmente en los casos de violencia doméstica, agresiones sexuales, decisiones económicas en casos de separación y divorcio, custodia de niños (Wikler, 1989; Schafran, 1987) y dinámicas de la Sala de Justicia (Riger et al., 1995). Todo parece indicar que existe un sesgo positivo hacia las mujeres en los casos de familia, y negativo en agresiones domésticas. En relación con las dinámicas favorecedoras de sesgo en la Sala de Justicia, Breton (1986) encontró, tras una observación sistemática de múltiples casos, un promedio de 1.64 ejemplos por hora. En buena medida, estas dinámicas responden a un sesgo instrumental o de actuación de los propios abogados como estrategia judicial (Riger et al., 1995; Kiesler, 1975).
Considerando el estado de la literatura, nos hemos planteado analizar no sólo la formación de juicios en sí sino también los mecanismos subyacentes a los mismos. A nuestro entender, la formación de juicios está determinada por las lecturas de la evidencia siendo, en este caso, una consecuencia de la fiabilidad y validez asignada a los diversos ítems de evidencia (p.e., Ostrom et al., 1978), y de los procesos cognitivos implicados en la reconstrucción de los eventos (Pennington y Hastie, 1992). En consecuencia de existir sesgos, éstos entendemos que pueden tener su origen en la interpretación subjetiva de la evidencia, a través de la asignación de fiabilidad y validez a la misma, y la consiguiente creación de un evento narrativo ajustado al juicio conformado que, a su vez, recae en elementos tan dispares como el conocimiento social de la mentira (Caballero et al., 2000).
Método
Sujetos
Se tomaron un total de 345 sujetos, todos ellos incluidos en las listas del censo electoral, y capacitados para ejercer la función de jurados, que participaron en el estudio de forma voluntaria. De éstos 171 eran varones y 174 mujeres.
Procedimiento
A todos los sujetos se les explicó lo que es un Jurado y cuál era la tarea a desarrollar. A continuación se les presentaba un caso real recreado y grabado en vídeo, con nombres y situaciones ficticias. Tras la visión del caso completaban un cuestionario pre-deliberación con diferentes apartados:
a) Datos sociodemográficos (nombre, edad, género, nivel de estudios y residencia).
b) Una evaluación de la formación de juicios individual en términos de veredicto y sentencia.
c) Una reconstrucción del evento tal y como creen que sucedieron los hechos.
d) Para el estudio de los mecanismos subyacentes a la formación de juicios recurrimos a las dimensiones postuladas por el modelo de integración de la información, la fiabilidad y validez (Kaplan y Kemmerick, 1974; Kaplan, 1975; Kaplan y Miller, 1978; Ostrom y cols., 1978). Así, se construyó el siguiente cuestionario, con un formato de respuesta de 5 puntos tipo Likert:
• Credibilidad de los diversos testigos y abogados.
• Habilidad de la defensa (interrogatorio).
• Habilidad del fiscal (interrogatorio).
• Alegatos de la defensa (consistencia).
• Alegatos del fiscal (consistencia).
• Importancia de los diversos testimonios y del trabajo de los abogados para la toma de decisiones.
Mediante la evaluación de la importancia de los distintos testimonios y del papel desempeñado por los abogados para la toma de decisiones, medimos la dimensión «validez». Por su parte, los ítems sobre credibilidad, habilidad de los abogados (en el interrogatorio de los testigos para reforzar un testimonio o deslegitimarlo), y los alegatos de la defensa y acusación (donde los abogados presentan un evento narrativo de los hechos consistente y lógico), constituyen el instrumento de medida de la «fiabilidad». A través de los alegatos iniciales, los abogados proporcionan un esquema cognitivo que incide en el procesamiento e interpretación de la evidencia por parte de los jurados (Lingle y Ostrom, 1980) a la vez que en el juicio formado (Pyszczynski et al., 1981), en tanto que de los alegatos finales se sirven para crear un evento narrativo de los hechos consistente y lógico, y que de no suministrarse suele implicar un veredicto contrario (p.e., Carson, 1984).
Material
Tomamos un caso judicial real que había sido juzgado por jurados en USA. Obviamente, se adaptaron los nombres y lugares a España. En el mismo se acusaba a G. B. de una presunta violación en la persona de L. V. La prueba central es el reconocimiento de la víctima en la calle, y, posteriormente, en una rueda de identificación policial que ofrece ciertas dudas. Por su parte, el acusado presenta una coartada de la que participa un testigo, pero aún así podría haber sido el autor material. El caso consta de diversos testimonios (dos de la defensa, un policía, la víctima y el acusado) que son sometidos a un interrogatorio cruzado, los alegatos de los abogados así como unas instrucciones judiciales para la formación de juicios.
Análisis de los protocolos
Era importante obtener mediciones de la actividad cognitiva de los jurados a la hora de redactar la reconstrucción de los eventos. A partir de ésta podríamos alcanzar las claves subyacentes a los modos de formar juicios. La creación de las categorías de contenidos a observar respondió a un barrido de la literatura sobre concomitantes de la actividad cognitiva, y a un sistema de aproximaciones sucesivas tras la lectura y estudio del material. Así, conformamos un sistema categorial mutuamente excluyente, fiable y válido, en lo que Weick (1985) ha denominado sistemas de categorías metódicas. Para la construcción de las categorías seguimos las normas redactadas al respecto por Anguera (1990). La unidad de análisis fue la oración gramatical. Las categorías de análisis así como una definición pueden verse seguidamente:
DESCRIPCIÓN DE INTERACCIONES. Recuento de descripciones de acciones inter-relacionadas y reacciones.
REPRODUCCIÓN DE CONVERSACIONES. Recuento de reproducciones virtuales de expresiones, patrones particulares del habla o vocabulario de otros.
INFORMACIÓN CONTEXTUAL. Recuento del número de alusiones a lugares, fechas, tiempos, etc.
ATRIBUCIONES SOBRE EL ESTADO MENTAL DEL ACUSADO. Recuento de las menciones que hace el jurado sobre los estados mentales o motivos del acusado.
ATRIBUCIONES SOBRE EL ESTADO MENTAL DEL DEMANDANTE. Recuento de las menciones que hace el jurado sobre los estados mentales o motivos del demandante.
RELACIÓN CAUSAL FÍSICA. Cuando se presume la existencia de un nexo entre dos eventos de tipo físico. Recuento de las relaciones causales-físicas.
RELACIÓN CAUSAL TEMPORAL. Cuando se atribuye la existencia de continuidad temporal entre dos eventos. Recuento de las relaciones causales-temporales.
Nº DE PROPOSICIONES PRO-ACUSADO.
Nº DE PROPOSICIONES CONTRA-ACUSADO.
Nº DE PROPOSICIONES NEUTRAS.
El alpha total de la escala de actividad cognitiva fue de .7608.
De los anteriores índices estadísticos se desprende que la escala goza de consistencia interna. Además, esta escala se ha mostrado fiable, efectiva y válida en otros estudios así como consistente con otros métodos (p.e., Arce et al., 1996). En consecuencia, considerando esta consistencia inter-sujetos, inter-estudios e inter-métodos, puede afirmarse que la escala es fiable (Wicker, 1975).
Entrenamiento de Codificadores
Las dos personas que participaron en esta codificación fueron entrenadas exhaustivamente utilizando las correlaciones entre codificaciones, y el porcentaje de concordancia como elemento de contraste de modo que permitieran corregir sesgos de codificación. Previamente, uno de ellas ya había colaborado en otras codificaciones en las que se había utilizado el mismo sistema con una superposición en la mayoría de las categorías manejadas (p.e., Arce et al., 1996). Los codificadores no conocían ni las hipótesis planteadas ni las manipulaciones experimentales realizadas.
Fiabilidad de la Codificación
Dos codificadores analizaron todos los protocolos conjuntamente para las categorías que computan la actividad cognitiva. Una semana después volvieron a codificar el 10% de sus protocolos, y un 5% del otro codificador. La consistencia se determinó mediante correlación inter-codificador e intra-codificador (véase la Tabla 1). Carrera y Fernández Dols (1992) señalan una correlación mayor de .70 como fiable. Pero también puntualizan que, en situaciones de dificultad baja, debemos ser más exigentes. No obstante, éste no es el caso de todas nuestras variables.
Si bien, usualmente, se asocia fiabilidad a la consistencia inter-jueces que, en todo caso, pondría a prueba la fiabilidad de los instrumentos que no de las medidas, no está de más recurrir también a la consistencia temporal e inter-situaciones (Carrera y Fernández Dols, 1992). Al respeto, hemos considerado la incidencia del factor tiempo y, además, uno de nuestros codificadores se ha mostrado efectivo en otros estudios con el mismo método (p.e., Arce et al., 1996). En suma y a la luz de los datos mostrados, se puede afirmar que los resultados de la codificación pueden ser considerados fiables (Wicker, 1975).
Hipótesis
En función de los objetivos planteados en este trabajo, se han formulado las siguientes hipótesis:
H1: esperamos encontrar diferencias en el veredicto alcanzado en función del género; en concreto, una mayor tendencia hacia la culpabilidad en las mujeres.
H2: preveemos que obtendremos diferencias en la fiabilidad atribuida a las pruebas en función del género, de modo que los varones atribuyan más fiabilidad a las pruebas pro-inocencia y las mujeres a las pro-culpabilidad.
H3: asumimos la existencia de diferencias en la validez conferida a las pruebas en función del género. En esta línea, los hombres atribuirán mayor validez a las pruebas favorables al acusado y las mujeres a las contrarias.
H4: hipotetizamos que observaremos diferencias en la actividad cognitiva en función del género de los jurados, de modo que hombres y mujeres generarán una actividad cognitiva distinta.
Análisis estadísticos
Los análisis estadísticos llevados a cabo implican la utilización de análisis de variancia y multivariancia, y «Ji» cuadrado. Dado que nuestras variables de medida no eran todas homogéneas en su formato de variable continua (aunque éstas en la mayoría de los estudios en esta línea han sido consideradas de tal modo; p.e., Hastie et al., 1986) fueron transformadas, a fin de que cumplieran este requisito, mediante el método de raíz cuadrada, por tratarse de recuentos de frecuencias (Martínez Arias, 1990). En cualquier caso, las medias que presentamos se corresponden a las puntuaciones directas, no transformadas, para que el lector pueda advertir el impacto real y directo de cada medida.
Resultados y conclusiones
Hallamos diferencias en el veredicto alcanzado en función del género, χ2(1)=25.77576; p<.0001; phi=-.28697, las mujeres se decantan más por la culpabilidad (69.7%) que los varones (41.1%). La literatura revisada ponía de manifiesto que, de existir diferencias entre géneros en casos de violación, éstas serían en la tendencia aquí hallada: las mujeres se decantarían más por la culpabilidad que los varones. Encontramos así apoyo experimental a la primera hipótesis.
La dimensión fiabilidad, en consonancia con la segunda hipótesis, está mediada, en su conjunto, por el juicio alcanzado por los y las jurados, Fmultivariada(11,291)=2.32002; p<.01; T.E.=.081. Por su parte, los resultados univariados evidencian que las distintas evaluaciones de la fiabilidad de las pruebas están moduladas por el género de los jurados (véanse las Tablas 2 y 3). En este sentido, en consonancia con el hecho de que las mujeres tienen mayor tendencia a realizar un juicio de culpabilidad, confieren mayor fiabilidad a la habilidad, credibilidad y alegatos del fiscal y a la declaración de la víctima, mientras que los hombres, con una tendencia mayor hacia la inocencia, consideran más fiables los alegatos de la defensa, la declaración del testigo 1 de la defensa y la del acusado. Los dos conjuntos de pruebas responden bien al soporte que prestan a la inocencia o a la culpabilidad. Así, la inocencia se apoya en creer que los hechos se produjeron de acuerdo con el esquema presentado por la defensa, la declaración del testigo de la defensa que apoya la coartada del acusado así como la misma coartada presentada por el acusado. Por el contrario, la culpabilidad se relaciona con considerar fiables el evento histórico de los hechos creado por la fiscalía, credibilidad en la fiscalía, el testimonio acusador e identificador de la víctima, a la vez que valorar en mayor medida la habilidad de la fiscalía en el interrogatorio de los testigos. Recordemos que es a través del interrogatorio, cómo los abogados tratan de reforzar o restar fiabilidad a los distintos testimonios.
Contrariamente a la dimensión fiabilidad, la validez no está modulada, en su conjunto, por el veredicto conformado por los sujetos, Fmultivariada(7,301)=1.43874; ns; T.E.=.032. En la misma dirección, sólo observamos diferencias en un único efecto univariado: la importancia de la actuación de la fiscalía que es mayor en la muestra de mujeres (véanse las Tablas 2 y 4). Nuevamente, esta única variable sensible al efecto principal del género se puede relacionar con el juicio conformado. De esta suerte, la culpabilidad, que pondera más en el género femenino, concuerda con conceder una mayor relevancia a la fiscalía, en tanto la inocencia se vincula a prestar menos importancia a la fiscalía. Sin embargo, este resultado presta un apoyo extremadamente limitado a la tercera hipótesis. Ahora bien, el rol desempeñado por la fiscalía, en este caso concreto y a tenor del valor descrito en la dimensión fiabilidad, es muy relevante para la formación del juicio.
En lo referente a la actividad cognitiva, se evidencia que hombres y mujeres generan, en este caso, una actividad cognitiva diferencial, Fmultivariada(10,299)=4.59737; p<.001; T.E.=.133. En concreto (obsérvese la Tabla 5), las mujeres manifiestan más proposiciones contra el acusado y neutras, relaciones causales temporales, describen mayor número de interacciones y aportan más información contextual. Se confirma, de este modo, la cuarta hipótesis. Desde una óptica de estilos de razonamiento, podríamos concluir que las mujeres se guían por un procesamiento «más profundo de la información»; «orientado causalmente»; «centrado en los hechos» y por un «proceso de integración de la información». Primero, sostenemos que las mujeres realizan un procesamiento más profundo de la información porque ponderan significativamente más en varias de las categorías relevantes para la formación de juicios. Por el contrario, los varones no inciden significativamente más en ninguna de las categorías. Segundo, las reconstrucciones de los eventos de las mujeres muestran significativamente más nexos causales, «orientadas causalmente». Esto es, las conexiones entre los diversos hechos descritos en la reconstrucción de los eventos son empíricas (hechos demostrados de los que inevitablemente de uno, se infiere el otro) o categóricas (verbigracia, acciones que están siempre conectadas, incluso aunque no tengamos constancia empírica de ello). Por deducción, se deriva que en las reconstrucciones de eventos de las mujeres prevalecen éstas sobre las conexiones estéticas que no presuponen causalidad (Bennet y Feldman, 1984). Tercero, las reconstrucciones de las mujeres aparecen más «centradas en los hechos» en tanto en cuanto incluyen más información contextual y descripción de interacciones. Cuarto, de las elaboraciones de las mujeres, más partidarias de la culpabilidad, se desprende que no sólo presentan una ponderación mayor en aquella actividad relacionada con la culpabilidad, es decir, pensamiento contra el acusado, sino también en nociones no vinculadas con el juicio, esto es, las proposiciones neutras, y por un igual en las proposiciones favorables al acusado. Estaríamos, así, ante lo que en la literatura sobre decisiones de jurados se ha etiquetado como «criterios de integración de la información» frente a los «criterios de exclusión de información» (Nemeth, 1986). Ahora bien, el criterio de integración también está asociado a decisiones unánimes (Hastie et al., 1986), a grupos de gran tamaño (12) (Fariña et al., 1999), y a juicios de culpabilidad (Arce, Fariña y Novo, 1997).
Discusión
No quisiéramos caer en los denominados sesgos «alpha», tendencia a exagerar las diferencias entre géneros, y «beta», propensión a minimizar las diferencias entre géneros (McGuinness, 1988). Así, no podemos sostener que nuestros resultados gocen de consistencia inter-casos, inter-muestras e inter-evidencias (véase la revisión de la introducción a este estudio). A su vez, tampoco se puede afirmar que los estudios que ponen en relación género y formación de juicios carezcan de relevancia (p.e., Baumeister, 1988). En otras palabras, aunque es posible que hombres y mujeres difieran en el juicio alcanzado en casos de violación u otros, estas diferencias no son sistemáticas y requieren, en principio, de unos parámetros en lo que se cultiven tales sesgos tal como una evidencia contrabalanceada (Spanos, Dubreuil y Gwyn, 1992). En la misma dirección, no se puede generalizar a otros contextos el hecho de que las mujeres realicen un procesamiento más profundo de la información y se guíen por un criterio de integración de la información. No en vano, este proceder se ha observado directamente ligado a la hipótesis de culpabilidad que se ha culminado en la «hipótesis de verificación de la información» (p.e., Arce, Fariña y Novo, 1997; Fariña, Real y Arce, 1998; Fraga, 1998), mayoritariamente participada, en nuestro estudio, por las mujeres. En cualquier caso, cuando las mujeres lleguen más a un veredicto de culpabilidad que los varones, éstas no están mediadas por un sesgo en contra del acusado sino que alcanzan tal juicio tras un análisis más profundo de la información, y tras una constatación de la hipótesis de inocencia. Contrariamente, los varones, que realizan un procesamiento menos profundo de la información, parecen verificar menos la hipótesis de culpabilidad.
Donde sí tienen unas implicaciones claras nuestros resultados es en la planificación de estrategias a seguir por fiscales y abogados a la hora de llevar a cabo un caso judicial de estas características. De este modo, los abogados, que deberían poder predecir la información que cada testigo aportará en el juicio y las pruebas que se van a presentar, se podrían valer de la realización de un juicio simulado antes de la vista oral. En él, las evaluaciones de los sujetos que actúen como jurados simulados les permitirían saber cuál es la fiabilidad y validez que atribuyen a los ítems de información proporcionados, posibilitando, por un lado, un entrenamiento tanto del abogado como de los testigos para mejorar su fiabilidad, y, por otro lado, el conocimiento de los puntos claves en que se sustenta la otra parte, de modo que se puedan atacar cuestionando su fiabilidad y restando validez a las pruebas aportadas. La simulación posibilita plantear diferentes estrategias que, evaluadas por los jurados simulados, proporcionan un índice directo del valor de las manipulaciones realizadas, y, además, hace factible delimitar, mediante aproximaciones sucesivas, cuál es la mejor estrategia a llevar a cabo durante el juicio oral.
Desde la óptica inversa, esto es, inquisitorial, queda abierta una ventana hacia la búsqueda de soluciones. El recurso con más visos de realidad y que se ha mostrado eficiente en otros contextos de ejecución de los jurados es la pre-instrucción, esto es, entrenamiento (verbi gratia, Charrow y Charrow, 1978). Así, un adiestramiento que advirtiera a los jurados de la necesidad de un procesamiento profundo de la información, de la necesidad de establecer conexiones causales -y que no fueran estéticas- entre los componentes del evento narrativo, centrada en los hechos y guiada por un procedimiento de integración de la información, es muy probable que redundara en una ejecución de mayor calidad posibilitando, por extensión, un control de sesgos sistemáticos en la formación de juicios.
Agradecimientos
Este trabajo contó con la financiación del Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento (DGICYT). Código: PB96-0944.
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Aceptado el 17 de mayo de 2000